Cláusula de actualización de renta con IRAV (texto listo para tu contrato)

Desde el 26 de mayo de 2023, los contratos de vivienda firmados con cláusula de actualización anual solo pueden subir conforme al IRAV. Esta cláusula deja claro el mecanismo y evita conflictos.

Texto de la cláusula

«La renta se actualizará anualmente, en la fecha de cada aniversario, conforme al Índice de Referencia de Arrendamientos de Vivienda (IRAV) que publique el INE para el periodo aplicable. La actualización se comunicará por escrito al arrendatario con al menos un mes de antelación y se aplicará desde el mes siguiente a la notificación, sin que pueda superar el límite legal vigente.»

Qué NO puede hacer la cláusula

No puede fijar el IPC para contratos posteriores a la Ley de Vivienda, no puede permitir subidas retroactivas y no puede imponer una actualización automática sin comunicación escrita.

El tope extraordinario de 2026-2027

El RDL 29/2026 limita a un 2 % el incremento sin acuerdo entre el 8/10/2026 y el 31/12/2027, y no permite actualizar si la renta supera el SERPAVI. La calculadora aplica ambos límites y te enseña el resultado.

Calcular mi subida con el IRAV de 2026

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Preguntas frecuentes

+¿Puedo subir el alquiler cada año?

Solo si el contrato tiene cláusula de actualización, ha pasado el plazo pactado y notificas por escrito dentro del límite legal.

+¿Se aplica el IPC o el IRAV?

En vivienda firmada desde el 26/05/2023, el IRAV. En contratos anteriores, lo pactado (habitualmente IPC).

Contenido orientativo. No constituye asesoramiento jurídico. Revisa siempre la normativa vigente y tu contrato concreto.